Estatuto

FEDERACIÓN LATINOAMERICANA DE
SOCIEDADES DE NEUROCIRUGÍA - F L A N C

E S T A T U T O S
ESTATUTOS DE LA FEDERACIÓN LATINOAMERICANA DE
SOCIEDADES DE NEUROCIRUGÍA - FLANC

 
Los presentes estatutos fueron aprobados por el Comité Ejecutivo en la Reunión Intermedia de Tarija- Bolivia, Octubre 5 de 2007.

Artículo I - NOMBRE
Esta organización será conocida como:
"FEDERACIÓN LATINOAMERICANA DE SOCIEDADES DE NEUROCIRUGÍA”
“F.L.A.N.C"

Artículo II - DOMICILIO
Será el de su representante legal, es decir el del Presidente en funciones.

Artículo III - PROPÓSITOS
Sección 1:
1.1 Promover el progreso de la Neurocirugía en los países de América latina.
1.2 Facilitar el intercambio científico entre las sociedades de Neurocirugía de América latina
1.3 Estimular la investigación y enseñanza de la Neurocirugía y ciencias afines.
1.4 Promover el intercambio científico académico entre las sociedades del continente y la de éstas con otras sociedades y/o federaciones extracontinentales.
1.5 Estimular las reuniones científicas zonales e interzonales de las facultades y los comités.
1.6. Promover el intercambio de experiencias laborales, gremiales y científicas entre sus asociados.
1.7. Fomentar el desarrollo de la ética dentro de las Sociedades.
1.8. Actuar en la prevención de las enfermedades más frecuentes y garantizar la mejor atención posible para las poblaciones de nuestro continente.
1.9 Mantener una permanente y fluída comunicación con y entre las distintas sociedades y estimular el contacto de las mismas con el Directorio de la Federación.
1.10. Velar por la continuidad y el nivel científico de los congresos latinoamericanos de Neurocirugía (CLAN).
1.11. Representarlas ante la WFNS como organización continental latinoamericana.
1.12. Representar a los neurocirujanos ante los gobiernos latinoamericanos
Sección 2:
2.1 El principal medio para conseguir los propósitos del Artículo III, sección 1, será la celebración de los congresos latinoamericanos de Neurocirugía (CLAN) cada dos años y el patrocinio de las reuniones zonales e interzonales, particularmente en los países o regiones que más requieran de los mismos.
2.2 Otro medio importante para conseguir los propósitos del Artículo III, sección1,es la creación de entidades subsidiarias de la FLANC de índole benéfica, ya sean Fundaciones y/o Juntas de Beneficencia, las que podrán tener ingresos o donaciones provenientes de empresas o reparticiones gubernamentales, particulares o de personas en forma individual.
2.3 Los CLAN se celebraran en los meses de Septiembre u Octubre del año que corresponda, excepto cuando el consejo administrativo determine otra fecha. No se realizaran el mismo año que el congreso de la WFNS. Por este motivo serán realizados en los años pares solamente.
2.4 Las sociedades miembros de la FLANC no deberán realizar reuniones de la especialidad 1 mes antes y 1 mes después de la fecha de la realización de cada CLAN. De trasgredirse ésta normativa, la sociedad infractora estará sujeta a una sanción ética por escrito.
2.5: a) Serán destinadas a la enseñanza continua de post-grado y orientadas básicamente a los especialistas con menos de 10 años de practica.
2.5: b) Se seguirá un modelo ya utilizado en las reuniones patrocinadas por la FLANC.
2.6: La función de actividades del CLAN se establece por el Reglamento específico.
2.7: La organización de las mismas serán fiscalizadas por el Presidente y/o por el Secretario General de la FLANC.

Artículo IV : MIEMBROS DE LA FEDERACION
1- Tienen derecho a integrar la federación las sociedades de Neurocirugía Latino americanas que estén legalmente constituidas de acuerdo con las leyes de su país, que cuenten con un mínimo de 10 neurocirujanos.
2- Podrán ser miembros más de una sociedad por país, si cuentan con mas de 500 neurocirujanos, en este caso no debe haber superposición de mas de 30% de sus miembros. La segunda sociedad debe tener un mínimo de 300 miembros, en este caso ambas tendrán voz y voto.-
3- Los países con menos de 10 neurocirujanos podrán asociarse a una sociedad regional o participar en forma individual, con voz pero sin voto.
4- Podrán pertenecer a la FLANC sociedades regionales como miembros adherentes, con derecho a voz y sin voto.
5- El capítulo Latinoamericano de USA y Canadá estará formado por médicos latinoamericanos residentes en dichos países e interesados en estrechar los lazos y cooperar con la FLANC desde el punto de vista científico y económico.
6- Podrán integrar la FLANC las sociedades de otros continentes que lo soliciten. Los miembros adherentes, ya sean sociedades o individuos, no aportarán las cuotas anuales a la FLANC, tendrán derecho a voz pero no a voto.
7- Estas nominaciones estarán sujetas al análisis que de ellas haga el comité administrativo y deberán ser aprobadas por mayoría simple en reunión del comité ejecutivo.
8- Se constituirán en facultades regionales:
8.a Facultad norte: sociedades de México, Panamá, Costa Rica, Guatemala, Honduras, El Salvador, Cuba, Nicaragua, , Republica Dominicana, y Capitulo USA- Canadá
8.b Facultad centro: sociedades de Perú, Colombia, Ecuador, y Venezuela.
8.c Facultad sur: sociedades de Brasil, Bolivia, Paraguay, Uruguay, Chile, y Argentina
8.d Sociedades extracontinentales: España é Italia.
8.e Sociedades Regionales: Sociedad de Neurocirugía del Cono Sur. AsociaciónCentroamericana de Neurocirugía (ASOCAN)

Artículo V : MIEMBROS INDIVIDUALES DE LA FLANC
Sección 1:
A) los neurocirujanos miembros titulares de las sociedades latinoamericanas representadas en la federación
B) los miembros honorarios: serán aquellos neurocirujanos con méritos suficientes para ser seleccionados en forma unánime por el comité ejecutivo.

Artículo VI: DE LOS DIRECTIVOS
Sección 1:
A) los miembros directivos de la FLANC serán los que siguen:
a.1. Presidente
a.2. Vicepresidente
a.3. Secretario general
a.4. Secretario ejecutivo
a.5. Tesorero
a.6. Editor de publicaciones
a.7. Editor de Internet
a.8. Historiador
a.9. Parlamentario
b) Los miembros directivos del CLAN serán los siguientes:
b.1 Presidente del congreso
b.2 Vicepresidente del congreso: será el Presidente de la Sociedad de la sede del CLAN.
b.3 Secretario del congreso
b.4 Tesorero del congreso
Sección 2:
A) Los miembros directivos de la federación y de los congresos deberán ser neurocirujanos.
Sección 3:
A) Los miembros del comité ejecutivo de la FLANC serán los siguientes:
a.1 PRESIDENTE de la FLANC:
1. Será electo por mayoría simple de votos del comité ejecutivo por un periodo de dos años y asumirá como Vicepresidente al termino del congreso en que fuere votado. No podrá ser reelegido. Servirá sus funciones hasta que asuma su sucesor. Será Presidente por derecho propio ( ex oficio ) de todos los comités de la FLANC.
2. Para ser Presidente de la FLANC, se necesita ser miembro activo de una sociedad de Neurocirugía de la FLANC y residir en forma permanente en el país a cuya sociedad o capítulo pertenece.
3. Solamente votará en caso de empate.
4. Será quien elegirá por derecho a los Coordinadores de Comités.
5. Será el Delegado natural ante la WFNS.
a.2 VICEPRESIDENTE de la FLANC:
1- Será elegido por mayoría simple de votos del comité ejecutivo por un periodo de dos años entre uno de los miembros activos de una sociedad. No podrá ser reelegido. Iniciara sus funciones al termino del congreso en que fuera electo. Asumirá la presidencia en forma automática ante cualquier eventualidad que impida al Presidente en ejercicio cumplir con sus deberes, debiendo ser comunicado inmediatamente a todos los miembros del Comité Ejecutivo.
El nuevo Presidente con la conformidad del comité directivo nominara al vicepresidente interino que deberá ser electo entre uno de los miembros de dicho comité sin perjuicio de sus otras funciones.
2- Si la imposibilidad del Presidente de ejercer sus funciones fuere temporaria, hasta seis meses, el mismo reasumirá sus funciones cuando se encuentre en condiciones, debiendo ser comunicados todos los miembros del comité ejecutivo.
3- Si la imposibilidad del Presidente fuere definitiva, es decir , más de seis meses, el vicepresidente ejercerá las funciones del Presidente hasta el final del mandato y deberá convocar a reunión del comité ejecutivo para la elección de un nuevo vicepresidente en el termino de tres meses. El mismo completara el mandato del anterior. Tendrá voz y voto en las asambleas.
4- Será el coordinador del comité de enseñanza y miembro ex oficio de todos los comités.
5. Será el segundo delegado ante la WFNS
a.3 DE LOS DELEGADOS
1- Será uno por cada sociedad y capítulo USA - Canadá. Tendrán derecho a elegir autoridades o dirimir cuestiones todos los que correspondan a sociedades o capítulos representantes de sus países y que estén al día con sus cuotas anuales, es decir con el año vigente abonado.
2- Será el Presidente de la Sociedad correspondiente o la persona que delegue. Deberá presentar una carta de acreditación de su sociedad al comité directivo.
a.4. SECRETARIO GENERAL de la FLANC
1- Será elegido por mayoría simple de votos del comité ejecutivo entre miembros activos de las sociedades y su mandato durara dos años. Podrá ser reelegido por un período más de 2 años.
2- Deberá presentar un informe al comité ejecutivo en cada CLAN y en las reuniones intermedias.
3- Será miembro por derecho propio ( ex oficio ) de todos los comités y coordinará las acciones de los Comités con el Presidente de la FLANC. No será miembro del comité de candidaturas.
Ejercerá sus deberes usuales y asumirá las responsabilidades de un secretario de una sociedad, velando especialmente por los problemas directamente relacionados con la federación.
Deberá con 12 ( doce ) meses de antelación al CLAN comunicar al comité de candidaturas los cargos que deberán renovarse. Citara a sesión del consejo administrativo el día anterior a la inauguración de cada CLAN, por lo menos con 2 ( dos ) meses de antelación.
4- Se enviará a través del Secretario General la relación de los 2 últimos Ex Presidentes de la FLANC a la Secretaria de la WFNS y al Comité de nominaciones de la misma para fines de la elección por parte de su Comité Ejecutivo del 2o Vicepresidente regional.
5-Tendrá voz y voto
a.5 SECRETARIO EJECUTIVO
1- Será nominado por el Presidente electo de la FLANC, y tendrá la misma duración de mandato que el Presidente.
2- Tendrá voz y no voto..
a.6 TESORERO de la FLANC
1- Será elegido por el comité ejecutivo por mayoría simple de votos entre candidatos de sociedades miembros, y durara en sus funciones dos años, pudiendo ser reelegido por un período más. Deberá entregar antes de cada CLAN un informe económico a los miembros del comité ejecutivo.
2- Recaudará para la FLANC el 25% de las ganancias monetarias que signifiquen toda reunión científica, fuera del CLAN, y que cuente con el patrocinio de la federación.
3- Deberá, en caso que el Presidente del CLAN lo solicite, suministrarle fondos con el fin de agilizar la organización del congreso. El monto a ser suministrado deberá ser consultado con el comité directivo. El préstamo deberá ser reembolsado al termino del CLAN.
4- Deberá, en caso que las sociedades que organicen reuniones científicas patrocinadas por la FLANC lo soliciten, suministrar fondos autorizados por el Comité Administrativo, siempre que se encuentren al día en sus cuotas anuales. El monto deberá ser devuelto al término de la reunión científica.
5- Cobrará 5,00 USD dólares anuales por cada miembro activo de la FLANC, de las sociedades y capítulos continentales que la componen.
6- Deberá suministrar los fondos correspondientes de acuerdo al presupuesto presentado anualmente por el Presidente de la FLANC, aprobado durante las reuniones del Comité Ejecutivo, presupuesto que no deberá pasar el 50 % de los fondos disponibles en tesorería al momento de la solicitud , y refrendado por el Comité Ejecutivo.
7- Tendrá voz y voto
a.7 EDITOR DE PUBLICACIONES
1- Será elegido por el comité ejecutivo por un periodo de dos años, pudiendo ser reelegido.
Será responsable de todas las publicaciones, del Boletín de la FLANC y la revista.
2- Podrá solicitar dinero al tesorero para cubrir gastos del mantenimiento y continuidad de las comunicaciones, previa consulta con el comité ejecutivo. En caso de gastos ya realizados, con autorización, el monto será reembolsado lo antes posible por el tesorero.
3. Tendrá voz y voto
a.8 EDITOR DE INTERNET
1. Será el editor de la página web de la Federación y trabajará en cooperación con el editor de publicaciones.
2. Será elegido por el comité ejecutivo por un período de dos años pudiendo ser reelegido.
3. Tendrá voz y voto.
a.9 HISTORIADOR de la FLANC
1- Tendrá como función la de llevar un testimonio de los orígenes, desarrollo y proyección de la FLANC, para el conocimiento e información de las generaciones presentes y futuras.
2- Deberá realizar un relato escrito de los eventos ocurridos durante sus dos años de función, y presentar el mismo en el congreso de la FLANC.
3- La duración de su cargo será de 2 años y podrá ser reelecto
.
4- Tendrá voz y voto.
a.10 PARLAMENTARIO
1- Tendrá como función la interpretación ad - hoc de los estatutos de la FLANC y será consultado en relación a las dudas que surjan en la interpretación y/o aplicación de los reglamentos de la FLANC.
2- La duración de dicho cargo será de dos años y podrá ser reelecto por votación simple.
3- Será miembro ex oficio del comité de estatutos
4- Tendrá voz y no voto.
Sección 4:
Los cargos de Presidente y Vicepresidente de la Flanc solo podrán ser ocupados por neurocirujanos de sociedades con residencia permanente en el país a cuya sociedad pertenecen.
Sección 5:
En caso de vacancia de los cargos de secretario general, tesorero, ó editor, el Presidente de la FLANC, con el acuerdo del comité directivo designará al reemplazante interino hasta la próxima reunión del comité ejecutivo.
Sección 6:
1- En las elecciones del comité ejecutivo, cuando el numero de candidatos sea el justo y correspondiente al numero de cargos por llenar, se procederá a elegirlos por votacion unánime
2- Cuando existan más candidatos que cargos por llenar, la votación será escrita. Los votos constarán en actas.
Sección 7: miembros directivos de los CLAN
b.1- Presidente del CLAN: será un miembro de la FLANC del país en que se celebre, y será elegido por el Comité Ejecutivo. Será miembro " ex oficio " de todos los comités del congreso. No podrá ser reelegido. Tendrá voz y voto.
b.2 Vicepresidente del CLAN : será el Presidente de la Sociedad Sede por derecho propio Reemplazara al Presidente del congreso en caso de ausencia o imposibilidad de este de servir en su cargo. Tendrá voz y no voto.
b.3 Secretario del CLAN
1- será un miembro de la sociedad del país sede y será nominado por el Presidente del CLAN.
2- Será miembro ex oficio de todos los comités del CLAN. Será el Presidente del comité de programas. Tendrá voz y no voto.
b.4 Tesorero del CLAN:
1- Será nominado por el Presidente del CLAN entre los miembros de la sociedad sede del congreso. Tendrá voz y no voto.

Artículo VII: DE LOS PRESIDENTES HONORARIOS
Serán por derecho propio los ex - Presidentes de la Federación, el Presidente de un CLAN podrá ser propuesto al término de su gestión por tres miembros del comité ejecutivo y esta moción será votada por el comité. Tendrán voz y no voto.

Artículo VIII: IDIOMAS OFICIALES de la FLANC
Serán el español y el portugués.

Artículo IX : DE LOS COMITES de la FLANC
Sección 1: Comité Ejecutivo de la FLANC:
Será integrado por todos los miembros directivos de la FLANC, es decir : el Presidente, el Vicepresidente, Secretario General, Secretario Ejecutivo, Tesorero, el Parlamentario, los Delegados, el Historiador, el Editor, el Editor de Internet, el Presidente del CLAN y los ex Presidentes de la FLANC.
El comité ejecutivo deberá reunirse el primer día de la iniciación del CLAN y las veces que se estime necesario durante el desarrollo del mismo. El quorum legal será determinado por la presencia de 1/3 o más de los miembros del Comité Ejecutivo con derecho a voto. En el caso de que el quorum no esté completo, y la reunión haya sido suspendida, la misma podrá ser realizada al día siguiente, con la presencia de un mínimo de 10 miembros del Comité Ejecutivo, con la condición de que 5 de los presentes sean del Comité Administrativo. El Comité Ejecutivo deberá citar como mínimo a una reunión entre Congresos. Cuando existan reuniones Intermedias de la FLANC, deberán realizarse en un país Latinoamericano que desee ser anfitrión y de preferencia durante un Congreso Nacional. El secretario general de la FLANC deberá notificar el lugar y la fecha de los mismos a cada miembro del comité ejecutivo con no menos de dos meses de antelación.
Sus funciones serán:
A- Servir de cuerpo gobernante de la FLANC y de los CLAN.
B- Elegir a todos los directivos de la federación y al Presidente del CLAN
C- Se enviara a través del secretario general la relación de los dos últimos ex presidentes de la FLANC a la secretaría de la WFNS y al comité de nominaciones de la misma para fines de la elección por parte del Comité Ejecutivo del segundo Presidente regional.
D- Determinará el país y Presidente del congreso siguiente. Esta sede deberá rotarse de acuerdo con las diferentes zonas geográficas de la federación, ( norte - centro -sur ) buscando siempre el mejor equilibrio.
E- Mantendrá o modificará la cuota que cada sociedad integrante deberá abonar anualmente a la federación latinoamericana de Neurocirugía.
F- Nominara a cualquier comité que estimare necesario y que no este previsto en el presente estatuto.
G- Velará por la continuidad de los congresos, los cursos, la educación; y fomentará las buenas relaciones entre los neurocirujanos y sus sociedades con los gobiernos de sus respectivos países.
Sección 2: Comité Administrativo
Estará formado por los siguientes miembros:
2.1 Presidente de la federación
2.2 Vicepresidente de la Federación
2.3 Secretario General
2.4 Secretario Ejecutivo de la Federación
2.5 Tesorero
2.6 Editor
2.7 Editor de Internet
2.8 Historiador
2.9 Parlamentario
2.10 Presidente del CLAN inmediato a efectuarse
2.11 Presidente anterior FLANC
El comité administrativo tendrá el poder de actuar por la federación y por el comité ejecutivo ante cualquier problema que se produzca en relación a los CLAN o a la WFNS. Deberá reunirse el día antes de la iniciación del CLAN.
Sección 3 : Comité de estatutos
Será nominado por el comité ejecutivo y estará compuesto por tres miembros. Su duración será de cuatro años.
El parlamentario será miembro "ex oficio" de este comité. Serán los encargados de interpretar los estatutos y reglamentos relativos al funcionamiento de la FLANC y de los CLAN.
Sección 4: Comité de Finanzas
Estará formado por el Presidente, el secretario general, el secretario del CLAN, el tesorero del CLAN y el tesorero de la FLANC, quien será su Presidente. Sus funciones serán:
4.1 Conseguir otros fondos que no sean los provenientes de las cuotas o del 50% de las ganancias de cada CLAN.
Sección 5: Comité de candidaturas
Estará formado por cinco miembros. No podrán formar parte de este comité miembros por derecho propio ( ex oficio ), ni dos de ellos podrán pertenecer a una misma sociedad, o ser ciudadanos del mismo país.
Serán elegidos por el comité ejecutivo en la ultima reunión del CLAN.
Durarán en sus funciones por un periodo de cuatro años, sin reelección.
Nominarán a los miembros de la FLANC que podrán ser electos para los diferentes puestos vacantes.
El secretario general les informara de los cargos a ser llenados a todos los miembros del Comité Ejecutivo, a las Sociedades miembros y a los integrantes del comité de candidaturas doce ( 12 ) meses antes de cada CLAN. Cada sociedad a través de su Presidente podrá proponer nombres de candidatos para cualquiera de los cargos por llenar y comunicar al secretario general hasta seis (6) meses antes de cada CLAN, quien hará llegar las postulaciones a los miembros de este comité para su análisis y confirmación de aceptación y éste comité hará llegar la lista de candidatos aceptados para cada cargo a las sociedades miembros y a los miembros del comité ejecutivo hasta tres ( 3 ) meses antes de cada CLAN.
Estos plazos podrán ser modificados en caso de necesidad por al Comité Administrativo. El comité de candidaturas propondrá al Presidente del próximo CLAN, nombre que será comunicado al comité ejecutivo por el secretario general El comité ejecutivo elegirá a los nuevos directivos de la FLANC y al Presidente del CLAN, durante su tercera sesión de trabajo.
Solo se considerarán los nombres propuestos por el comité de candidaturas y por las sociedades miembros en el plazo previsto.
Se podrán proponer nombres de ultima hora solamente si no existieren candidatos para un determinado puesto.
Los candidatos propuestos deben estar presentes en el CLAN, o de lo contrario enviar una carta al secretario general de la FLANC, indicando su aceptación y explicando la causa de su ausencia para que su elección sea válida.
Sección 6: Comité de educación
Será presidido por el vicepresidente de la FLANC. Estará conformado por los coordinadores de los diferentes comités científicos. Durarán en sus funciones dos años y podrán ser reelectos.
Sección 7: Comité de ética
Contará con seis ( 6 ) miembros que durarán en sus funciones dos años y podrán ser reelectos.
Sección 8: Comité de Medallas
Estará integrado por los tres últimos Ex Presidentes de la FLANC.
Seleccionará a los distinguidos receptores de medallas para el siguiente CLAN.
Otorgarán como máximo 3 medallas por CLAN.
Sección 9: Capítulos de subespecialidades
Contaran con ( 8 ) ocho miembros cada uno bajo la supervisión del comité de educación, y
serán los siguientes:
Capítulo de cirugía cerebro vascular
Capítulo de columna vertebral
Capítulo de cirugía estereoatáxica y funcional
Capítulo de Neurocirugía pediátrica
Capítulo de neuro-oncología
Capítulo de neuro-traumatología y terapia intensiva
Capítulo de Nervios Periféricos
Capítulo de Base de Cráneo
Se podrán agregar otros capítulos de acuerdo a las propuestas del comité ejecutivo. Deberán reunirse en el transcurso de cada CLAN en día designado para el efecto por el comité ejecutivo y deberán informar ante el mismo en forma regular y presentar lo actuado por escrito al Presidente de la FLANC antes de la reunión del Comité Ejecutivo
Sección 11: Reglamento de los Comités y Capítulos de la FLANC
Serán reglamentados por los propios y distintos Comités y Capítulos de la FLANC.
Estos reglamentos deberán ser revisados y autorizados, para su aplicación, por el Presidente de la FLANC.
Artículo X: LOS CONGRESOS LATINOAMERICANOS DE NEUROCIRUGIA ( CLAN )
Sección 1:
1.1) Se celebrarán cada dos ( 2 ) años, de preferencia que no coincidan con el congreso mundial organizado por la WFNS salvo excepciones.
1.2) La elección del lugar y de los miembros directivos de los congresos se regirán por los presentes estatutos.
1.3) Los idiomas oficiales serán el español y el portugués
1.4) Los países que aspiren a organizar un CLAN, deberán llenar una hoja de requisitos correspondientes.
1.5) El comité ejecutivo elegirá, tomando en cuenta la votación indirecta de los señores congresistas, los temas a desarrollar.
1.6) El comité de programas del CLAN seleccionará los trabajos relacionados con los temas oficiales y los trabajos libres.
1.7) El Comité de Programas del CLAN designará conferencistas invitados para dar realce científico a un determinado tópico. Se le dará preferencia a especialistas Latinoamericanos que tengan reconocida experiencia en el tema.
1.8) El Presidente y el secretario del congreso podrán designar profesores invitados a aquellas personalidades que estimen conveniente para ampliar el enfoque y representatividad del CLAN, dentro del marco de sus posibilidades económicas.
1.9) Se recomienda que en cada congreso se realice un simposio de ciencias neurológicas.
1.10) Se realizará un simposio sobre neurocirugía pediátrica llamado "Raul Carrea". El simposio ocupara de preferencia un día del respectivo CLAN.
1.11) El Presidente y el Tesorero del próximo CLAN a celebrarse, deberán mantener informado al Comité Administrativo de la FLANC, de los progresos en la organización y evaluación financiera del mismo mediante comunicación escrita por lo menos cada 3 meses.
1.12) Para el inicio del Congreso, se debe hacer un aporte en calidad de préstamo mínimo de USD 5.000 (cinco mil dólares) por parte de la Flanc, y de USD 2.000 (dos mil dólares) por parte de la sociedad local.
1.13) El Comité de programa estará formado por el Presidente del congreso, el secretario del congreso quien actuara como Presidente del comité de programas, el vicepresidente, delegado del país sede y tres miembros que serán elegidos por el Presidente del congreso.
El comité será responsable de la selección de trabajos a ser presentados en cada CLAN, y limitar el número de trabajos para asegurar tiempo suficiente para una adecuada presentación y una amplia discusión.
El programa científico se elaborará en los primeros seis ( 6 ) meses después de la elección de la sede del Clan siguiente. Serán responsables del mismo el Presidente y el Secretario General del Clan. Deberá ser revisado y aprobado por el Comité Administrativo de la Flanc con un mínimo de ( 1 ) año antes de efectuarse el Clan, exceptuando la presentación de los trabajos
libres y de los posters.
1.14) En la confección del Programa Científico, la participación de los neurocirujanos que residen en países Latinoamericanos deberá ser equitativa entre éstos, y preferentemente no menor del 80% del total de Conferencias del Congreso.
1.15) En la promoción del Clan debe aparecer como encabezamiento la FEDERACION LATINOAMERICANA DE SOCIEDADES DE NEUROCIRUGIA, e igualmente deben aparecer sus directivos.
1.16) El Comité Administrativo de la Flanc convocará por lo menos una reunión cada seis ( 6 ) meses con los directivos del Clan, para verificar el desarrollo del congreso de acuerdo a todos los aspectos de los reglamentos establecidos.
1.17) El candidato a Presidente del Clan, deberá haber participado como miembro activo de la Flanc, y deberá haber participado en tres ( 3 ) Clan previamente.
1.18) Los Ex Presidentes de la Flanc tendrán por derecho propio la exención del pago de la inscripción al Clan y los miembros del Comité Ejecutivo de la Flanc que estén en ejercicio una reducción en un 50 % .
1.19) Los gastos de transporte y estadía del Presidente de la WFNS y de la FLANC al CLAN, serán sufragados por el Clan, con el aporte de la FLANC en caso necesario.
1.20) Las ceremonias de apertura y clausura del CLAN deberán estar a cargo del Presidente de la FLANC.
Sección 2:
A) Los autores enviarán un resumen de entre 150 - 250 palabras de su trabajo a la secretaria del congreso antes de la fecha limite fijada por el comité de programas.
B) Los relatos en relación con los temas elegidos por el comité ejecutivo tendrán preferencia en la selección de trabajos. Se podrán presentar además temas libres. El comité de programas determinará el tiempo y oportunidad para la discusión de los temas.
C) Todos los resúmenes de los trabajos seleccionados serán publicados antes del congreso, en el boletín de resúmenes que se entregara a los congresistas.
Sección 3:
A) El numero de trabajos será máximo de tres ( 3 ) por autor y/o coautor.
B) Se adoptará un tipo uniforme de bibliografía exigiéndose la del index medicus.
C) El autor que sin justificación adecuada, no se presentare a leer su trabajo programado, no podrá presentar ningún trabajo en el siguiente congreso, CLAN. Esta decisión se hará conocer al interesado.
D) Los trabajos no podrán ser leídos si los autores no están presentes y se darán por no presentados.
E) Se otorgará un premio FLANC al mejor trabajo presentado en el CLAN correspondiente, cuyo autor sea un neurocirujano con menos de diez años de médico. El consejo administrativo de la FLANC será el encargado de escoger el trabajo que merezca el premio.

Artículo XI: MODIFICACIONES
En aquellos casos en que se encuentren presentes dos tercios (2/3) de los miembros del Comité Ejecutivo, las modificaciones al presente estatuto que no alteren el sentido del mismo podrán ser realizadas en cualquier reunión del comité ejecutivo por mayoría de votos de los miembros presentes.
Las modificaciones de fondo deberán ser propuestas al Secretario General por lo menos un año antes de la reunión donde serán votadas y serán enviadas a todas las Sociedades miembros, a tiempo para un estudio.
Los cambios de fondo se harán únicamente durante el CLAN o en la reunión intermedia. Deberán estar presentes dos tercios de los miembros del Comité Ejecutivo con derecho a voto y serán votadas las cuestiones aceptadas, por mayoría simple
de los presentes.